Son
facultades y obligaciones de la Dirección de Patrimonio, las siguientes:
I. Establecer
mecanismos de planeación, organización, control y evaluación del patrimonio
Universitario;
II. Analizar, integrar, registrar y validar en el
acervo documental la totalidad del patrimonio de la Universidad;
III. Promover
acciones y estrategias para la conservación de bienes muebles e inmuebles
patrimoniales; Gaceta Universitaria/ 15 de julio de 2022 Página 45
IV. Gestionar
e informar sobre los asuntos relacionados con las acciones y participaciones
representativas del capital patrimonial de la Universidad;
V. Cuidar
y verificar el uso correcto de los bienes materiales e inmateriales (tangibles
o intangibles), así como de derechos patrimoniales;
VI. Mantener
actualizada la información patrimonial y la confidencialidad de esta;
VII. Validar
la construcción, ampliación y/o modificación de proyectos de infraestructura;
VIII. Promover
el respeto y preservación de los aspectos históricos, culturales y
patrimoniales de la Institución;
IX. Controlar
y registrar bienes muebles o inmuebles que generen rentabilidad y/o producción;
cuando se detecte el desempeño de una actividad comercial y/o económica que
guarde relación con la Universidad;
X. Administrar
acorde con las disposiciones legales aplicables, los recursos humanos,
financieros y materiales que le sean asignados; XI. Establecer de manera
conjunta con la Secretaría de Administración, la recaudación de los bienes
muebles o inmuebles que generen rentabilidad y/o producción en la Universidad,
y
XI. Las demás que confiera la legislación
universitaria aplicable.