Son
facultades y obligaciones de la Dirección General de Sistemas, las siguientes:
I. Organizar
y supervisar el mantenimiento, así como la operación de las plataformas
institucionales de la Universidad;
II. Asesorar en materia de tecnología y seguridad
informática a las dependencias, unidades académicas y administrativas de la
Institución;
III. Coordinar,
administrar y gestionar el desarrollo de plataformas institucionales con base
en las necesidades académicas, administrativas, financieras y de gestión;
Gaceta Universitaria/ 15 de julio de 2022 Página 46
IV. Supervisar
el desarrollo de plataformas institucionales, con la finalidad de considerar
los estándares y políticas de la Institución en materia de tecnología para la
inter operatividad y manejo adecuado de la información;
V. Garantizar
a la comunidad universitaria la seguridad informática de las plataformas y
sistemas de la Institución;
VI. Generar
políticas internas de Inter operatividad de plataformas y sistemas
administrativos, educativos y de gestión;
VII. Garantizar el uso y almacenamiento adecuado de
la información personal de estudiantes, docentes y trabajadores administrativos
y manuales de la Institución;
VIII. Generar e implementar los controles de
seguridad y estándares de tecnología para mantener la operatividad de las
plataformas institucionales;
IX. Brindar
apoyo operativo y asesoría en plataformas integrales para su desarrollo,
adquisición, instalación, configuración, mantenimiento y seguridad;
X. Administrar
las bases de datos institucionales y establecer procedimientos de respaldos y
seguridad de información de la Universidad;
XI. Administrar acorde con las disposiciones
legales aplicables, los recursos humanos, financieros y materiales que le sean
asignados;
XII. Establecer planes de acción para solucionar
contingencias tecnológicas, y
XIII. Las demás que le confiera la normatividad
aplicable.